Aerolíneas estarán obligadas a compensar a usuarios por retraso de vuelos

Legisladores de la Cámara de diputados avalaron une reforma para que usuarios de aerolíneas puedan tener acceso a compensaciones por retrasos de vuelos. 

Los diputados avalaron enmiendas a la Ley de Aviación Civil, para establecer los derechos y obligaciones de pasajeros, concesionarios y permisionarios del servicio público de transporte aéreo. 

El Pleno lo avaló el dictamen en lo general por unanimidad, con 422 votos a favor y se turnó al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación. 

Cabe destacar que la Ley de Aviación Civil vigente no reconoce los derechos a los cuales los pasajeros deben tener acceso, al ser una de las dos partes del contrato de transporte de pasajeros. 

La legislación tampoco contempla las compensaciones para los pasajeros, en el caso de que el servicio prestado no cumpla con los términos establecidos en el contrato. 

Cuales son los detalles de este cambio en la ley: 

- En caso de retraso (imputable a las aerolíneas), deberán indemnizar a los pasajeros. 

- Si la demora es superior a 2 horas e inferior a 4 se otorgará un descuento del 7.5% en un próximo viaje en la misma ruta. 

- Si la demora es mayor a 4 horas, el usuario podrá: 

- Solicitar el reintegro del costo de boleto o posponer el viaje y recibir una indemnización de por lo menos 25% del costo. 

- Ser transportado al siguiente vuelo disponible y recibir alimentos y alojamiento si hay un tiempo considerable de espera. 

- Transportar hasta 25 kilos de equipaje sin costo. 

- Si pierden el equipaje, se indemnizará con 11 mil pesos.